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SMA multa a piscicultura Quimeyco por infracciones ambientales

Entre las cinco infracciones imputadas, la empresa realizó una modificación del proyecto sin someterse a evaluación ambiental. Esto se confirmó debido a que, entre 2015 y 2019, la empresa excedió de manera sostenida y significativa los límites de producción de biomasa, consumo de alimentos y generación de lodos autorizados en su permiso ambiental original.

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) resolvió sancionar a la empresa Sociedad Comercial Agrícola y Forestal Quimeyco Limitada, titular del proyecto “Piscicultura Quimeyco”, con una multa de 2.791,9 unidades tributarias anuales (UTA), equivalentes a más de $2.329 millones, tras constatar una serie de incumplimientos ambientales.

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SMA aplica multa por infracciones ambientales

El proyecto está ubicado en la comuna de Pucón, Región de La Araucanía, y consiste en una acuícola que tiene por objetivo el cultivo de especies salmónidos de hasta 80 gramos por pez, con una producción máxima anual autorizada de 120 toneladas. Para el tratamiento de los residuos industriales líquidos (RILes), la piscicultura cuenta con un sistema compuesto por filtros rotatorios, cuyo efluente tratado es descargado al río Carhuello, con un caudal promedio de 3.500 litros por segundo.

Este caso cuenta con denuncias ingresadas a la SMA relacionadas a la ampliación del proyecto sin someterse previamente al SEIA, contaminación del río Carhuello producto de las descargas de RILes y por emisión de olores molestos. Por esta razón, se realizaron actividades de fiscalización a proyecto, requerimiento de información, fiscalización a la norma de emisión de descarga de residuos líquidos industriales (D.S. N°90/2000), entre otras diligencias, y que dieron origen al inicio de un procedimiento sancionatorio con la formulación de cinco cargos contra el titular del proyecto.

Proyecto acuícola es multado por exceder producción

Entre las infracciones configuradas, la SMA constató una modificación del proyecto sin someterse a evaluación ambiental, constatándose cambios de consideración debido que la producción de biomasa, el consumo de alimentos y la generación de lodos excedió de forma sostenida lo autorizado en la RCA N° 4932/2008, durante los años 2015, 2016, 2017, 2018 y 2019, según se detalla en las Tablas N° 3, 4 y 5 de la resolución de la formulación de cargos.

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De acuerdo con la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente (LOSMA), el pago de la multa deberá realizarse en la Tesorería General de la República, dentro del plazo de diez días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la sanción.

Para más información sobre esta sanción ingresa al sitio web del Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental:  https://snifa.sma.gob.cl/Sancionatorio/Ficha/2184

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