Hoy vamos a hablar del “IP Finance”, que en buen chileno es la capacidad de una start-up para levantar capital empleando sus activos intangibles. Si bien jurídicamente los derechos de propiedad intelectual son bienes incorporales susceptibles de valoración económica (como una casa o un auto, en cuanto forman parte del patrimonio), lo cierto es que, en la práctica bancaria, suelen ser castigados a la hora de solicitar un crédito.
Sin ir más lejos, el marco regulatorio derivado de Basilea III (que fijó estándares para fortalecer la solvencia y estabilidad del sistema financiero mundial) establece que, para efectos del cálculo del capital regulatorio de los bancos, los activos intangibles deben deducirse del capital básico (Common Equity Tier 1). Esto incide indirectamente en la forma en que las entidades financieras evalúan estos activos al analizar el riesgo crediticio.
Patentes sin Crédito
Se trata de una situación compleja que viven los emprendedores, quienes muchas veces no tienen más remedio que intentar ser los más atractivos en los concursos de belleza organizados por fondos de capital de riesgo (Venture Capital Funds) o bien obtener financiamiento público, con todo lo engorroso de sus rendiciones y los retrasos en la entrega de los recursos. Es un problema relevante que desincentiva aún más el patentamiento en Chile (junto con el IVA aplicado en ciertos casos a la transferencia o licenciamiento de propiedad intelectual y las limitaciones prácticas para amortizar tributariamente determinados intangibles), lo cual resulta preocupante considerando que el porcentaje de solicitudes de patentes de origen nacional sigue siendo bajo en comparación con estándares internacionales.
Pero lo cierto es que esta situación no es propia de nuestra fauna local, sino más bien un fenómeno que se vive a nivel mundial, siendo las causas transversalmente similares. El desconocimiento de los alcances económicos de esta clase de activos, la ausencia de criterios homogéneos de valorización y la inexistencia de un mercado secundario líquido en el cual transarlos han dificultado que puedan ser utilizados como colateral en operaciones crediticias (ya sea mediante prendas sin desplazamiento, estructuras de securitización u otras figuras jurídicas similares).
Sin embargo, la buena noticia es que existen numerosas experiencias a nivel mundial que pueden servir de ejemplo al momento de diseñar políticas públicas destinadas a incentivar el patentamiento y la innovación en Chile. Son especialmente llamativos los casos de China, Singapur y la Unión Europea, donde se han impulsado verdaderos ecosistemas de innovación mediante instrumentos financieros, garantías estatales y marcos regulatorios que reconocen el valor estratégico de los intangibles.
Innovación con Financiamiento Inteligente
En este contexto, podrían evaluarse medidas como la elaboración de guías técnicas de valorización con criterios estandarizados por parte de la CMF; un plan nacional de difusión de los beneficios de patentar por parte de INAPI y ProChile; o la creación de instrumentos crediticios con garantías estatales parciales para créditos respaldados por activos de propiedad intelectual por BancoEstado. Asimismo, podrían analizarse incentivos regulatorios que reconozcan adecuadamente la gestión del riesgo asociada a este tipo de financiamiento, dentro del marco prudencial vigente.
Posibilidades hay muchas. Lo importante (y lo que quiero transmitir hoy) es que no basta con una medida aislada, como sólo extender la vigencia de la Ley I+D, para obtener resultados estructurales; se requiere una mirada multifocal y sistémica que permita posicionar la innovación como eje estratégico del desarrollo económico.


















