En medio de la preocupación por los posibles efectos del fenómeno de El Niño sobre las condiciones oceanográficas y sanitarias del país, la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (Subpesca) emitió un decreto de emergencia preventiva por floraciones algales nocivas (FAN) o eventos de Marea Roja en 15 regiones de Chile, incluyendo Aysén.
La decisión busca fortalecer la vigilancia, el monitoreo ambiental y la capacidad de respuesta institucional ante eventuales episodios que puedan representar riesgos para la salud pública, el medio ambiente y las actividades productivas vinculadas al mar.
Sin embargo, junto con anunciar la medida, Subpesca realizó una aclaración relevante para la industria pesquera, acuícola y la comunidad: el decreto no establece una prohibición general para la extracción, comercialización ni consumo de productos del mar.
La precisión cobra especial importancia en las regiones donde la pesca y la acuicultura constituyen actividades económicas fundamentales, tanto por su aporte al empleo como por su vinculación con las comunidades costeras y las cadenas productivas locales.
Prevención no significa paralización de las actividades productivas
A través de un comunicado, la Subsecretaría explicó que la emergencia preventiva tiene como propósito anticiparse a posibles contingencias mediante el fortalecimiento de los mecanismos de vigilancia y fiscalización, sin establecer restricciones generalizadas para el desarrollo de las actividades marítimas.
En ese contexto, el organismo enfatizó que se mantienen los controles y las restricciones sanitarias específicas que correspondan en caso de detectarse condiciones de riesgo.
Desde Subpesca recalcaron que la prevención también permite resguardar la continuidad de las actividades pesqueras y acuícolas que cumplen con las exigencias sanitarias vigentes.
De esta manera, en aquellas regiones y sectores donde no existan indicios de floraciones algales nocivas ni restricciones sanitarias vigentes, las actividades deben continuar desarrollándose con normalidad, respetando los controles establecidos por la autoridad.
¿Qué implica la emergencia preventiva?
El decreto estará vigente entre el 1 de noviembre de 2026 y el 30 de junio de 2027, período durante el cual se reforzará el seguimiento de las condiciones ambientales y sanitarias en las zonas costeras del país.
Entre sus principales objetivos se encuentran:
- Intensificar el monitoreo de las condiciones ambientales y sanitarias.
- Fortalecer la vigilancia frente a eventuales floraciones algales nocivas.
- Mejorar el intercambio de información y la coordinación entre instituciones.
- Reforzar la capacidad de respuesta de las autoridades ante posibles episodios de Marea Roja.
- Facilitar la adopción oportuna de medidas cuando se identifiquen condiciones que representen un riesgo.
Este despliegue preventivo adquiere particular relevancia para la salmonicultura y el conjunto de las actividades acuícolas, considerando la importancia de mantener una vigilancia permanente de las condiciones oceanográficas y sanitarias que pueden incidir en los sistemas productivos.
Salud pública y continuidad del empleo: los dos focos de la medida
Otro de los aspectos destacados por Subpesca es la dimensión económica y social de esta emergencia preventiva.
La institución señaló que anticiparse a posibles contingencias también resulta fundamental para proteger el trabajo y el empleo de miles de personas vinculadas a la pesca artesanal e industrial, además de las distintas actividades productivas asociadas al mar.
En territorios como las regiones de Los Lagos y Aysén, donde la salmonicultura, la pesca y sus servicios relacionados tienen una importante presencia económica y social, la vigilancia sanitaria y la entrega de información oportuna son elementos relevantes para evitar incertidumbre y facilitar la continuidad de las operaciones que cumplen con la normativa.
En paralelo, desde la autoridad reiteraron el llamado a la comunidad a mantener la tranquilidad, adquirir productos del mar exclusivamente en establecimientos autorizados y respetar las disposiciones que establezca la autoridad sanitaria.

















