Este martes, el Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia escuchó los alegatos en el caso «Cooke Aquaculture Chile S.A. con Superintendencia del Medio Ambiente», que se originó a raíz de la medida provisional dictada el 25 de febrero de 2025 por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), la cual paralizó la siembra del centro de cultivo de salmones «Huillines 3».
La audiencia fue presidida por los ministros Javier Millar, Carlos Valdovinos y Juan Ignacio Correa, ministro subrogante de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valdivia.
Cooke: Alegato en defensa de la legalidad y el impacto económico
El abogado de Cooke Aquaculture Chile, David Cademortori, presentó ante el tribunal una defensa que solicitó la declaración de ilegalidad de la resolución emitida por la SMA. La empresa solicita que no solo se anule la medida provisional que suspende las actividades de siembra en “Huichiches 3”, sino también cualquier resolución futura que pudiera renovar dicha medida o imponer medidas provisionales similares.
Cooke Aquaculture argumentó que la SMA cometió un error grave al omitir, de manera intencionada e ilegal, los antecedentes más relevantes del expediente administrativo sancionador en el momento de solicitar la autorización judicial para la nueva medida provisional. Según la compañía, la operación del centro de cultivo no representa un riesgo ambiental, ni mucho menos un peligro inminente que justifique la aplicación de la medida provisional según lo estipulado en el artículo 48 de la Ley de Ordenamiento y Supervisión de Materiales y Actividades (LOSMA).
Además, Cademortori destacó que la interpretación de la SMA sobre el caso contraviene la postura oficial sostenida por las autoridades sectoriales. Según la empresa, la paralización de la siembra no previene ningún riesgo ambiental, pero sí ha generado un perjuicio económico directo e irrecuperable, calculado en aproximadamente US$3,3 millones en daños emergentes y US$27 millones de dólares en lucro cesante.
SMA: Defensa del cumplimiento normativo y protección ambiental
Por otro lado, la Superintendencia del Medio Ambiente, representada por la abogada Katharina Buschmann, defendió la resolución tomada, argumentando que la SMA cumplió con todos los requisitos legales para dictar la medida provisional. Buschmann subrayó que el ordenamiento jurídico ambiental no permite el aumento ilimitado de la producción en los Centros de Cultivo de Salmones (CES), especialmente cuando el proyecto está ubicado dentro de un Parque Nacional, como es el caso del Parque Laguna San Rafael.
La SMA también destacó que la siembra propuesta por Cooke Aquaculture excede el umbral de 35 toneladas establecido en el artículo 3, literal 3, del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA), lo que justifica la implementación de la medida provisional para evitar impactos negativos en el medio ambiente marino. Según la Superintendencia, el peligro de la demora está debidamente fundado, ya que la siembra inminente podría afectar gravemente el ecosistema marino de la zona.
Además, la SMA sostuvo que su objetivo no era evitar un pronunciamiento de fondo sobre el caso, sino garantizar que se tomen medidas inmediatas para proteger el medio ambiente, dado el riesgo inherente de la actividad de cultivo en una zona tan sensible.
Alegatos adicionales y relevancia del caso
El abogado José Illanes, en representación de la Asociación de la Industria del Salmón de Chile, apoyó las tesis de Cooke Aquaculture, mientras que Cristina Lux Acuña, abogada ambientalista, Fundación Greenpeace Pacífico Sur, ratificó el criterio de la Superintendencia sobre la necesidad de proteger el medio ambiente marino y la estricta regulación ambiental en la zona.
La futura decisión del Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia puede sentar un precedente futuro, sobre la interpretación y aplicación de las normativas ambientales en el país.


















