La Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (Subpesca) ha emitido la Resolución Exenta N° 941/2025, que modifica el marco normativo para la certificación de estructuras de cultivo de salmones, inicialmente establecido por la Resolución Exenta N° 1821/2020.
La medida, que había sido anticipada por la autoridad, introduce importantes cambios en la gestión técnica y documental de los centros de cultivo.
Mirada de la nueva resolución de Subpesca

Desde su cuenta oficial en LinkedIn del abogado David Zaviezo, socio fundador del estudio jurídico CERTES, especialista en estas materias, entregó una explicación sobre los alcances de la nueva resolución.
Según Zaviezo, uno de los cambios más relevantes es la creación de dos nuevos certificados obligatorios: el Certificado de Inicio de Ciclo (CIC) y el Certificado Anual (CA).
El CIC, que deberá obtenerse para cada periodo productivo, se estructura en dos etapas:
La Etapa 1 (CIC E1) contempla la revisión documental previa a la siembra. Incluyendo estudios ambientales, oceanográficos y la memoria de cálculo del sistema de fondeo. Esta certificación será requerida por Sernapesca para liberar los Códigos de Siembra Masiva (CSM). Lo que implica que, sin este documento, no se autorizará el movimiento de peces hacia los centros.
Asimismo, la Etapa 2 (CIC E2) debe cumplirse dentro de los 45 días posteriores al término de la siembra. Esta incluirá una inspección en terreno de las estructuras.
De igual modo, el CIC tendrá una vigencia de 12 meses desde el término de la siembra. Si el ciclo productivo se extiende más allá de ese período, se deberá tramitar el Certificado Anual (CA).
Plazos y entrada en vigencia
Zaviezo subraya que la implementación de esta normativa no será inmediata. La entrada en vigencia está sujeta a su publicación en el Diario Oficial. Lo que aún no ha ocurrido. A partir de esa publicación, se contará con un plazo de dos meses para la implementación oficial. Tiempo en el que Sernapesca deberá publicar los formatos definitivos para los certificados CIC y CA.
Adicionalmente, se establece un plazo de 24 meses para que los centros de cultivo fuera de una Agrupación de Concesiones Salmoneras (ACS) —como los de smoltificación o reproductores— cumplan con los estudios técnicos requeridos y adecuen sus estructuras a las nuevas exigencias, conforme al calendario que defina la autoridad.
La nueva resolución busca fortalecer el control técnico y ambiental de las estructuras de cultivo, asegurando mayor trazabilidad y seguridad en los ciclos productivos del sector salmonero, uno de los pilares de las exportaciones acuícolas chilenas.



















