En la industria acuícola ya no basta con mirar el precio por tonelada ni firmar acuerdos con proveedores de años solo porque “siempre se ha hecho así”. En la actualidad, conocer a fondo con quién se establece una relación no es únicamente una buena práctica; constituye una obligación legal, ética y empresarial. Una responsabilidad comparable a la del buen padre o madre de familia: cuidar el entorno, proteger a los suyos y anticiparse a los riesgos antes de que sea demasiado tarde.
En los últimos años, el sector ha cambiado. La trazabilidad, la sostenibilidad y el bienestar animal dejaron de ser simples declaraciones para convertirse en condiciones mínimas para participar del mercado. Normas o certificaciones como ASC, MSC o MarinTrust se han vuelto exigencias básicas para exportar, obtener financiamiento o cerrar contratos con los principales centros de cultivo. Si bien esas reglas corresponden a estándares internacionales, en Chile también se ha modificado el escenario normativo.
Ley y trazabilidad
La Circular N° 62 de la Unidad de Análisis Financiero, vigente desde junio de 2025, obliga a toda empresa considerada “sujeto obligado” a contar con un modelo de prevención del lavado de activos, en el cual la debida diligencia sobre clientes y proveedores constituye uno de los pilares. En paralelo, la Ley 21.595, sobre delitos económicos y ambientales, exige que todas las empresas que facturan sobre 25.000 UF implementen un modelo de cumplimiento que contemple, entre otros aspectos, mecanismos eficaces para conocer y monitorear a sus contrapartes. Esto incluye a proveedores de materia prima, transportistas, fabricantes de ingredientes, importadores e incluso subcontratistas encargados del manejo de residuos.
La pregunta que se impone es si se está realmente preparado. ¿Se cuenta con certeza de que las harinas que llegan a la planta provienen de fuentes certificadas? ¿Existe capacidad para demostrar que el proveedor no ha sido sancionado por prácticas abusivas o que no aparece en listas internacionales por casos de corrupción o explotación ilegal? ¿Se tiene la seguridad de que un embarque no contiene insumos originados en países con regulaciones laxas o conflictos éticos?
Responsabilidad en el proceso
La trazabilidad ya no se limita al cliente final; también se extiende hacia toda la cadena de abastecimiento. En caso de una denuncia, una fiscalización o una crisis reputacional, la responsabilidad no se diluye; por el contrario, se concentra. Y en muchas ocasiones, por no haber realizado una debida diligencia adecuada, la empresa termina enfrentando sanciones o perdiendo acceso a mercados debido a un eslabón que no fue examinado con la rigurosidad requerida.
Esto no corresponde a una situación hipotética. Actualmente, las multas pueden alcanzar los USD 250 millones, y la ley permite incluso la disolución forzosa de una empresa si no cuenta con controles adecuados para prevenir delitos económicos o ambientales. Ya no resultan aceptables explicaciones como “no se sabía” o “el proveedor era externo”. En 2025, lo que no se controla, no existe.
Nuevo paradigma
Este contexto también representa una oportunidad. Las empresas que comprenden esta nueva realidad no solo se protegen, sino que además se posicionan de mejor manera. Contar con procesos automatizados de debida diligencia, validar antecedentes mediante herramientas tecnológicas y establecer protocolos de trazabilidad documental para cada proveedor se ha convertido en una ventaja competitiva. En particular, en un entorno donde el consumidor final, así como el retail internacional, exige productos éticamente responsables desde su origen hasta su destino.
La industria acuícola chilena ha demostrado ser innovadora, resiliente y capaz de adaptarse. Ahora debe hacerlo en materia de cumplimiento. No porque lo exija la ley, sino porque es lo correcto. No es posible producir proteína de alta calidad si se parte de insumos cuyo origen se desconoce. Ya no hay espacio para cerrar los ojos ni para confiar únicamente en la práctica heredada.
Conocer a los proveedores no es una moda ni un requisito reservado a grandes empresas. Es una forma de proteger la operación, la marca y la licencia para seguir cultivando. Si aún no se ha iniciado ese proceso, es momento de hacerlo.
José Ignacio Camus / director de Admiral Compliance / Cofundador de AdmiralONE


















