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DGA Los Lagos aplica por primera vez nueva ley de fiscalización a salmonicultora

Es el segundo caso a nivel nacional que el Servicio MOP evalúa bajo este enfoque y corresponde a una empresa multada por ejecutar modificación de cauces en la comuna de Hualaihué.

Por Jocelyn Vargas
2 de julio, 2025 - 14:45 hrs.
Créditos: DGA Los Lagos.

Créditos: DGA Los Lagos.

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La Dirección Regional de Aguas del MOP Los Lagos aplicó 4 multas, que en total equivalen a $2.063.550 (30 UTM), a la empresa Productos del Mar Ventisqueros S.A. por ejecutar 4 obras no autorizadas en cauces que son afluentes del río Negro en Hornopirén, comuna de Huailahué. La directora regional de Aguas, Fabiola Pizarro, indicó que la fiscalización se originó con antecedentes derivados por la Superintendencia de Medio Ambiente, informando sobre la existencia de obras de canalización y captación de una vertiente sin nombre hacia la piscicultura Chaqueihua 2 perteneciente a la empresa Productos del Mar Ventisqueros y la intervención mediante tuberías del estero que atraviesa el terreno donde se emplaza la piscicultura. “Es muy satisfactorio implementar la nueva ley de fiscalización 21.740 publicada en abril de este año, ya que ésta no tiene un fin recaudatorio, sino que busca resolver y gestionar las aguas de manera más oportuna, evitando la dilación de los procesos de fiscalización. En este caso en particular, el infractor ocupó el incentivo de aceptar los cargos, obteniendo el 25% de descuento de la sanción”, comentó Pizarro. El equipo fiscalizador constató en terreno la existencia de una barrera sobre una vertiente sin nombre, una obra de entubamiento de cauce que pasa bajo la piscicultura conduciendo aguas de la vertiente y una tubería de polietileno para la descarga de estas aguas, y además halló una bocatoma, todas obras que modifican el cauce, ejecutadas sin aprobación de la DGA y que constituyen infracciones al Código de Aguas. Productos del Mar Ventisqueros S.A. obtuvo una rebaja en las multas, al implementarse la nueva modificación al Código de Aguas que estableció un procedimiento simplificado, permitiendo al infractor aceptar los cargos formulados en el acta de inspección antes de vencer el plazo para presentar descargos y así obtener un descuento del 25% sobre el mínimo del grado de la multa que corresponda, en este caso 7,5 UTM por cada una de las cuatro infracciones. Asimismo, la DGA ordenó a la empresa destruir el entubamiento bajo la piscicultura, o bien, en caso de necesitar la obra, presentar un proyecto acorde con el estándar constructivo de la DGA para su revisión y aprobación en un plazo de 60 días hábiles. “La Ley 21.740 que hoy estamos implementando, en términos de agilidad permite la corrección temprana de inobservancias menores, es decir, se otorga un plazo al usuario para corregir la infracción y al cumplir, se exime de una multa; promueve el cumplimiento con un procedimiento simplificado para disminuir tiempos de tramitación e incorporar elementos disuasivos más eficaces; imprime modernidad con mecanismos de notificación, adaptándolos al proceso de transformación digital del Estado; y genera incentivos con descuentos al pagar la multa dentro de los 9 días hábiles desde notificada la sanción, siempre y cuando el infractor no interponga un recurso de reconsideración”, destacó Pizarro.

La Dirección Regional de Aguas del MOP Los Lagos aplicó 4 multas, que en total equivalen a $2.063.550 (30 UTM), a la empresa Productos del Mar Ventisqueros S.A. por ejecutar 4 obras no autorizadas en cauces que son afluentes del río Negro en Hornopirén, comuna de Huailahué.

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La directora regional de Aguas, Fabiola Pizarro, indicó que la fiscalización se originó con antecedentes derivados por la Superintendencia de Medio Ambiente, informando sobre la existencia de obras de canalización y captación de una vertiente sin nombre hacia la piscicultura Chaqueihua 2 perteneciente a la empresa Productos del Mar Ventisqueros y la intervención mediante tuberías del estero que atraviesa el terreno donde se emplaza la piscicultura.

“Es muy satisfactorio implementar la nueva ley de fiscalización 21.740 publicada en abril de este año, ya que ésta no tiene un fin recaudatorio, sino que busca resolver y gestionar las aguas de manera más oportuna, evitando la dilación de los procesos de fiscalización. En este caso en particular, el infractor ocupó el incentivo de aceptar los cargos, obteniendo el 25% de descuento de la sanción”, comentó Pizarro.

El equipo fiscalizador constató en terreno la existencia de una barrera sobre una vertiente sin nombre, una obra de entubamiento de cauce que pasa bajo la piscicultura conduciendo aguas de la vertiente y una tubería de polietileno para la descarga de estas aguas, y además halló una bocatoma, todas obras que modifican el cauce, ejecutadas sin aprobación de la DGA y que constituyen infracciones al Código de Aguas.

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Productos del Mar Ventisqueros S.A. obtuvo una rebaja en las multas, al implementarse la nueva modificación al Código de Aguas que estableció un procedimiento simplificado, permitiendo al infractor aceptar los cargos formulados en el acta de inspección antes de vencer el plazo para presentar descargos y así obtener un descuento del 25% sobre el mínimo del grado de la multa que corresponda, en este caso 7,5 UTM por cada una de las cuatro infracciones.

Asimismo, la DGA ordenó a la empresa destruir el entubamiento bajo la piscicultura, o bien, en caso de necesitar la obra, presentar un proyecto acorde con el estándar constructivo de la DGA para su revisión y aprobación en un plazo de 60 días hábiles.

“La Ley 21.740 que hoy estamos implementando, en términos de agilidad permite la corrección temprana de inobservancias menores, es decir, se otorga un plazo al usuario para corregir la infracción y al cumplir, se exime de una multa; promueve el cumplimiento con un procedimiento simplificado para disminuir tiempos de tramitación e incorporar elementos disuasivos más eficaces; imprime modernidad con mecanismos de notificación, adaptándolos al proceso de transformación digital del Estado; y genera incentivos con descuentos al pagar la multa dentro de los 9 días hábiles desde notificada la sanción, siempre y cuando el infractor no interponga un recurso de reconsideración”, destacó Pizarro.

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