La Corte de Apelaciones de Punta Arenas dio un vuelco decisivo a uno de los procesos ambientales más observados de la industria salmonera en Chile.


En una resolución unánime, el tribunal anuló la sentencia que había condenado a exaltos ejecutivos de Nova Austral por contaminación de aguas, estableciendo que el fallo original aplicó de manera incorrecta la ley penal, así lo informa BioBio Chile.
El núcleo de la decisión es claro: si bien se acreditó la sobreproducción de salmones y el consiguiente aumento de desechos orgánicos en centros de cultivo ubicados en la comuna de Porvenir, entre 2017 y 2019, no se logró demostrar un daño real ni un peligro concreto para el medio ambiente, elemento indispensable para sostener una condena penal.
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Sobreproducción sí, delito penal no
Según detalló la Corte, el tribunal oral tuvo por probada la autorización de una sobre siembra por sobre los límites ambientales permitidos, en beneficio de la empresa. Sin embargo, esos hechos —aunque eventualmente sancionables en el ámbito administrativo— no bastan, por sí solos, para configurar el delito de contaminación de aguas.


La resolución subraya que la sentencia anulada no describió ni acreditó un impacto ambiental efectivo sobre los recursos hidrobiológicos, lo que dejó sin sustento jurídico la condena original.
Absolución y extensión del fallo
En la sentencia de reemplazo, la Corte absolvió a Nicos Nicolaides Bussenius y Drago Covacich McKay del delito de contaminación de aguas. Además, el fallo benefició a Isaac Aaron Ollivet-Besson Osorio y Rigoberto Antonio Garrido Arriagada, quienes habían sido condenados como encubridores, extendiendo los efectos de la nulidad pese a que no interpusieron recursos.
El tribunal explicó que se trataba de un error jurídico de base que afectaba la esencia misma de la condena, lo que obligó a dejarla sin efecto.
Una condena que sí se mantiene
Pese a la absolución en materia ambiental, la Corte aclaró que la nulidad no borra todas las responsabilidades penales surgidas del proceso. En particular, se mantuvo la condena contra Drago Covacich McKay por el delito contemplado en el artículo 212 del Código Penal, relativo a la entrega de información falsa a la autoridad.
Defensa celebra, ambientalistas alertan
Desde la defensa, los abogados Ignacio Sotomayor y Alejandro Espinoza valoraron el fallo, señalando que la Corte acogió la tesis de que no existió daño ambiental, desechando por completo la acusación del Ministerio Público y evidenciando errores de hecho y de derecho en la causa.
En la vereda opuesta, organizaciones ambientales cuestionaron duramente la resolución. Flavia Liberona, directora ejecutiva de Fundación Terram, calificó el fallo como “preocupante”, advirtiendo que, aunque los exejecutivos quedan sin responsabilidad penal, el caso no se agota en los tribunales.
La ambientalista recordó que Nova Austral aún enfrenta diversas infracciones en sede administrativa, por lo que llamó a centrar la atención en las eventuales sanciones ambientales que siguen en trámite.
Un precedente con impacto
La anulación de la condena en el caso Nova Austral no solo marca un hito judicial, sino que también reabre el debate sobre los estándares probatorios en delitos ambientales y la frontera entre infracción administrativa y responsabilidad penal, en una industria clave para el sur de Chile.
















