En modalidad híbrida se desarrollaron los alegatos de la causa Rol N° R-41-2025, caratulada “Salmones Aysén S.A. con Superintendencia del Medio Ambiente”, instancia en que el tribunal ambiental escuchó los argumentos de ambas partes respecto del rechazo del Programa de Cumplimiento (PdC) presentado por la empresa.
El tribunal quedó integrado por el ministro presidente Javier Millar Silva, la ministra titular en ciencias Sibel Villalobos Volpi y la ministra subrogante Marcela Araya Novoa.
Origen de la reclamación
La controversia se remonta a la Resolución Exenta N°5/Rol D-209-2022, del 12 de septiembre de 2025, mediante la cual la Superintendencia del Medio Ambiente rechazó el PdC asociado al Centro de Engorda de Salmones Canal Huito.
El procedimiento sancionatorio considera dos infracciones —una grave y otra gravísima— relacionadas con el escape de peces, hecho que la autoridad vincula a un eventual daño ambiental.
Ante el tribunal, la empresa solicitó dejar sin efecto la resolución, ordenar la aprobación del programa o, subsidiariamente, retrotraer el proceso para incorporar observaciones.
Alegatos de la empresa
En representación de la compañía, el abogado Nicolás Eyzaguirre sostuvo que el rechazo del programa obedeció a una actuación arbitraria de la autoridad, afirmando que “ha quedado demostrado que el rechazo del programa de cumplimiento por parte de la SMA es el resultado de una estrategia deliberada y arbitraria para que fuera el único desenlace posible” y que la entidad “ha abandonado su rol de promotora del cumplimiento para asumir una postura puramente punitiva”.
Agregó que, frente a lo que calificó como “una imputación injusta, arbitraria y exagerada”, la empresa presentó un programa con acciones concretas, mejoras operacionales verificables y una hoja de ruta técnica para evaluar con rigor científico los posibles efectos del escape, “sustituyendo información bibliográfica por evidencia empírica”.
Asimismo, cuestionó la tramitación administrativa señalando que la respuesta de la autoridad ha sido “silencio, demoras de años y un rechazo fundado en la absurda premisa de que actuar con seriedad técnica es dilatorio”, solicitando finalmente acoger la reclamación, aprobar el PdC o retrotraer el procedimiento para su debida complementación.
Defensa de la SMA
Por parte de la autoridad y la SMA, la abogada Paloma Espinoza defendió la legalidad de la resolución señalando que “estamos frente a una resolución debidamente fundamentada y que no presenta ningún vicio de legalidad”, explicando que la decisión se sustenta en la insuficiencia del programa presentado, ya que “luego de una infracción que produjo un escape de salmones donde quedaron 20.023 especies invasoras exóticas sin rescatar, la empresa pretende terminar el procedimiento sancionatorio sin una sanción mediante un programa de cumplimiento que no reconoce ningún efecto de la infracción”, agregando además que “el programa reconoce que requiere monitoreos posteriores in situ, pero no los presenta en sede de programa de cumplimiento ni propone medidas para hacerse cargo de ese riesgo. Ese es el contexto general del rechazo”.
Próximas etapas
Con los alegatos ya concluidos, el tribunal deberá analizar los antecedentes antes de dictar sentencia, fallo que podría ratificar el rechazo del PdC o instruir nuevas actuaciones administrativas. El caso es seguido con atención por el sector acuícola y regulatorio, debido a su potencial impacto en los estándares de cumplimiento ambiental frente a contingencias como escapes de peces.


















